Ley 8/2008 Galicia

Artículo 98 — Ley 8/2008 Galicia

Artículo 98. Régimen jurídico de los actos.

El régimen jurídico de los actos emanados de los órganos de dirección y gestión del Servicio Gallego de Salud será el establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y en la normativa de organización y funcionamiento de la Administración de la comunidad autónoma.