Ley 8/1997

Artículo 25 de la Ley 8/1997: Ámbito de aplicación

Texto consolidado del BOE.

Artículo 25. Ámbito de aplicación.

El régimen estatutario de personal que establece esta ley resultará de aplicación a todo el personal que preste sus servicios en el ente público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud, sin perjuicio de las excepciones que deriven de los correspondientes procesos de integración.