Disposición adicional novena. Competencias de la Dirección General de Patrimonio en materia de instrucciones.
Corresponde a la Dirección General de Patrimonio dictar cuantas instrucciones de carácter general sean precisas para la correcta gestión y administración del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Asimismo, la Dirección General de Patrimonio podrá dictar instrucciones relativas a la administración y gestión de los bienes y derechos de las sociedades mercantiles y las fundaciones del sector público andaluz, siempre que ello sea necesario para la mejor gestión patrimonial.