Artículo 56. Medios de comunicación participados y subvencionados por la Administración autonómica de Galicia.
La Administración autonómica promoverá, dentro de los términos expresados en el artículo 54, la transmisión de una imagen igualitaria, plural y no estereotipada de las mujeres y de los hombres en los medios de comunicación en los que participe o a los que conceda subvenciones o ayudas. A estos efectos, en las bases reguladoras de las ayudas o subvenciones se establecerá la obligación del beneficiario de transmitir este tipo de imagen.