Ley 7/2023 Galicia

Artículo 45 de la Ley 7/2023 Galicia: Participación equilibrada en los centros docentes

Texto consolidado del BOE.

Artículo 45. Participación equilibrada en los centros docentes.

La Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, a través de la consejería con competencias en materia de educación, promoverá una composición equilibrada de mujeres y hombres en los órganos de control y de gobierno de los centros docentes.