Ley 7/2021

Disposición final undécima de la Ley 7/2021: Disposición final undécima. Reforma del sector eléctrico

Texto consolidado del BOE.

Disposición final undécima. Reforma del sector eléctrico.

En el plazo de doce meses desde la entrada en vigor de esta ley, el Gobierno y la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, en ejercicio de sus respectivas competencias, presentarán una propuesta de reforma del marco normativo en materia de energía que impulse:

a) La participación de las personas consumidoras en los mercados energéticos, incluida la respuesta de demanda mediante la agregación independiente.

b) Las inversiones en la generación de energía renovable variable y flexible, así como la generación distribuida.

c) El almacenamiento de energía.

d) El aprovechamiento de las redes eléctricas, el uso de la flexibilidad para su gestión y los mercados locales de energía.

e) El acceso de las personas consumidoras de energía a sus datos.

f) La innovación en el ámbito energético.