Ley 7/2015 Municipios Canarias

Disposición final segunda de la Ley 7/2015 Municipios Canarias: Disposición final segunda. Financiación de las competencias municipales

Texto consolidado del BOE.

Disposición final segunda. Financiación de las competencias municipales.

El Gobierno de Canarias deberá presentar al Parlamento de Canarias en el plazo de un año contado a partir de la entrada en vigor de esta norma un proyecto de ley sobre el régimen económico-financiero de las competencias de los municipios a que se refiere esta ley, incluyendo los criterios generales de financiación de las competencias delegadas.