Ley 7/2015 Municipios Canarias

Artículo 92 de la Ley 7/2015 Municipios Canarias: Explicación del voto

Texto consolidado del BOE.

Artículo 92. Explicación del voto.

Efectuada la votación de un punto del orden del día, solo podrá otorgarse la palabra por el Alcalde o Presidente para explicación de voto, sin que, en ningún caso, pueda dar lugar a la reapertura del debate.