Disposición transitoria primera. Plazo para la regulación de la organización y el funcionamiento del Consejo de Archivos de Galicia y del Consejo de Evaluación Documental de Galicia.
En el plazo de seis meses desde la publicación de esta ley, la Xunta de Galicia regulará la organización y el funcionamiento del Consejo de Archivos de Galicia y del Consejo de Evaluación Documental de Galicia.