Disposición final primera. Modificación del artículo 7.1.g) de la Ley 8/1995, de 30 de octubre, del patrimonio cultural de Galicia.
Se modifica la letra g) del punto 1 del artículo 7 de la Ley 8/1995, de 30 de octubre, del patrimonio cultural de Galicia, que queda redactada de la siguiente forma:
«g) El Consejo de Archivos de Galicia y el Consejo de Evaluación Documental de Galicia.»