Ley 7/2011 Documentos y Archivos Andalucía

Disposición adicional cuarta — Ley 7/2011 Documentos y Archivos Andalucía

Disposición adicional cuarta. Incorporación del Censo de Archivos y Fondos Documentales constitutivos del Patrimonio Documental Andaluz del artículo 17 de la Ley 3/1984, de 9 de enero, de Archivos, al Censo de Archivos previsto en el artículo 52 de esta ley.

A la entrada en vigor de esta ley, los archivos y los documentos, fondos y colecciones censados con arreglo a lo previsto en el artículo 17.1 de la Ley 3/1984, de 9 de enero, de Archivos, quedarán incorporados al Censo de Archivos de Andalucía previsto en el artículo 52 de esta ley.