Ley 7/2005 CyL

Disposición adicional decimoctava — Ley 7/2005 CyL

Disposición adicional decimoctava. Movilidad de personal estatutario en el ámbito de la administración sanitaria.

El personal estatutario de las instituciones sanitarias de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León podrá ocupar puestos de trabajo adscritos a personal funcionario en el ámbito de la Consejería competente en materia de sanidad y de la Gerencia Regional de Salud cuando así se prevea en los correspondientes instrumentos de ordenación de personal.

A dicho personal, durante la ocupación de tales puestos de trabajo, le será de aplicación el régimen retributivo del personal funcionario al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, sin que pueda consolidar grado personal.

Se añade por el art. 7.3 de la Ley 1/2023, de 24 de febrero. Ref. BOE-A-2023-6456