Ley 7/2004 Organización Admin. Pública Murcia

Disposición derogatoria — Ley 7/2004 Organización Admin. Pública Murcia

Disposición derogatoria.

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan, contradigan o resulten incompatibles con lo dispuesto en la presente Ley, y en concreto:

a) De la Ley 1/1988, de 7 de enero, del Presidente, del Consejo de Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, el artículo 2.3, el título IV, el título V, el título VI y las disposiciones transitorias, sin perjuicio de lo dispuesto en la disposición transitoria primera de esta Ley.

b) Del Decreto Legislativo 1/1999 de 2 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la Región de Murcia, los artículos 5 y 6.