Ley 7/2004 Organización Admin. Pública Murcia

Artículo 37 — Ley 7/2004 Organización Admin. Pública Murcia

Artículo 37. Actividades propias de los organismos públicos.

Los organismos públicos realizan, bajo la dependencia o vinculación de la Administración General, actividades de ejecución o gestión, tanto administrativas como de contenido económico, cuyas características justifiquen su organización y desarrollo en régimen de descentralización funcional.