Ley 7/2004 Organización Admin. Pública Murcia

Artículo 39 — Ley 7/2004 Organización Admin. Pública Murcia

Artículo 39. Clasificación y adscripción de los organismos públicos.

1. Los organismos públicos se clasifican en:

a) Organismos autónomos.

b) Entidades públicas empresariales.

2. Los organismos autónomos dependen de una Consejería a la que corresponde la planificación, la evaluación y el control de los resultados de su actividad.

3. Las entidades públicas empresariales dependen de una Consejería o un organismo autónomo que ejercerá las funciones aludidas en el apartado anterior.