Ley 7/1999 Admin Local Aragón

Artículo 2 de la Ley 7/1999 Admin Local Aragón: Entidades locales aragonesas

Texto consolidado del BOE. Se estudia en Administrativo del Estado, Auxiliar Administrativo, Tramitación Procesal. Practicar con tests.

Artículo 2. Entidades locales aragonesas.

1. El municipio es la entidad local básica de Aragón, dotada de personalidad jurídica, naturaleza territorial y autonomía para la gestión de sus intereses peculiares.

2. Tienen, asimismo, la condición de entidades locales de Aragón:

a) Las provincias.

b) Las comarcas.

c) La entidad metropolitana de Zaragoza.

d) Las mancomunidades de municipios.

e) Las comunidades de villa y tierra, y f) Las entidades locales menores.