Ley 7/1999 Admin Local Aragón

Artículo 134 — Ley 7/1999 Admin Local Aragón

Artículo 134. Libro de Decretos y Resoluciones.

Las resoluciones del Presidente de las Corporaciones locales y de otros órganos unipersonales se transcribirán, asimismo, en el libro especial destinado al efecto o pliegos de hojas legalmente habilitados, que tendrán, igualmente, el valor de instrumento público solemne.