Disposición adicional séptima. Ingresos extraordinarios de fondos documentales y documentos en el Archivo Regional de la Comunidad de Madrid.
1. Las donaciones, herencias o legados de fondos documentales y documentos integrantes del Patrimonio Documental Madrileño a favor de la Comunidad de Madrid ingresarán en el Archivo Regional de la Comunidad de Madrid, entendiéndose aceptada la herencia, en todo caso, a beneficio de inventario.
2. Asimismo, ingresarán en el Archivo Regional de la Comunidad de Madrid los fondos documentales o documentos adquiridos por la Comunidad de Madrid a título oneroso.