Ley 6/2023 CM Archivos

Artículo 14 — Ley 6/2023 CM Archivos

Artículo 14. Definición.

Son archivos privados, a los efectos de esta ley, los que custodian documentos generados por personas físicas o jurídicas de naturaleza privada en el ejercicio de las funciones y actividades que les son propias y radiquen en el territorio de la Comunidad de Madrid.