Ley 6/2004 Estatuto Presidente y Consejo Murcia

Artículo 43 — Ley 6/2004 Estatuto Presidente y Consejo Murcia

Artículo 43. De la relación ordinaria entre la Asamblea Regional y el Consejo de Gobierno.

1. La relación ordinaria entre el Gobierno y la Asamblea Regional se canalizará a través de la Presidencia de la Comunidad y del representante del Consejo de Gobierno en la Junta de Portavoces.

2. En todo caso, el Consejo de Gobierno facilitará a los diputados regionales la información y cooperación que precisen para el desarrollo de sus funciones, la cual podrá ser recabada mediante el procedimiento previsto en el Reglamento de la Cámara.