Artículo 52.
La Administración autonómica, en virtud de su competencia en materia de archivos y de patrimonio documental, establecerá requisitos para la selección del personal de los archivos públicos no estatales de características similares.
Artículo 52.
La Administración autonómica, en virtud de su competencia en materia de archivos y de patrimonio documental, establecerá requisitos para la selección del personal de los archivos públicos no estatales de características similares.
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