Artículo 29.
Las deliberaciones del Consejo de Gobierno tendrán carácter reservado, estando sus miembros obligados a guardar secreto sobre las opiniones y votos emitidos en el transcurso de las reuniones del mismo.
Artículo 29.
Las deliberaciones del Consejo de Gobierno tendrán carácter reservado, estando sus miembros obligados a guardar secreto sobre las opiniones y votos emitidos en el transcurso de las reuniones del mismo.
Empieza a practicar gratis