Ley 53/1984

Disposición transitoria octava de la Ley 53/1984: Disposición transitoria octava

Texto consolidado del BOE. Se estudia en Administrativo del Estado, Auxiliar Administrativo, Tramitación Procesal. Practicar con tests.

Disposición transitoria octava.

Lo dispuesto en el artículo 3.º, 2, de la presente Ley no será de aplicación, en cuanto a la pensión de retiro, a los funcionarios integrados en las Administraciones Públicas al amparo de las Leyes de 15 de julio de 1952, 28 de diciembre de 1963 y 17 de julio de 1958, salvo cuando en el puesto administrativo que desempeñen perciban el total de retribuciones que al mismo correspondan.