Disposición adicional quinta. Referencias y concordancias.
1. Todas las referencias que se contengan en disposiciones legales y reglamentarias al Texto Refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón se entenderán realizadas a esta ley.
2. Si las referencias se expresaran con indicación de la numeración de un determinado artículo, se entenderán sustituidos por la numeración que corresponda a dicho artículo en esta ley.