Ley 5/2021 Sector Público Aragón

Artículo 68 — Ley 5/2021 Sector Público Aragón

Artículo 68. Notificaciones específicas.

En las notificaciones de los actos administrativos emitidos en los procedimientos en los que los recursos administrativos hayan sido sustituidos por la reclamación o impugnación a la que se refiere este capítulo deberá hacerse mención expresa de esta sustitución.