Disposición transitoria cuarta. Procedimientos de elaboración de disposiciones normativas iniciados a la entrada en vigor de la ley.
A los procedimientos de elaboración de normas con rango de ley y disposiciones de carácter general ya iniciados a la entrada en vigor de la modificación operada por el apartado cuarto del artículo 5 de la Ley de Medidas Fiscales y Administrativas para 2020 no les será de aplicación la misma, rigiéndose por la normativa anterior.
Se añade por el art. 5.20 de la Ley 5/2019, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2020-504