Ley 5/2018 Cantabria RJ Gobierno

Artículo 94 — Ley 5/2018 Cantabria RJ Gobierno

Artículo 94. Creación de organismos públicos autonómicos.

1. Los organismos públicos se crean por Ley.

2. La ley de creación establecerá el tipo de organismo, sus fines generales, la Consejería a la que se vincule o adscriba y, en su caso, la financiación, régimen de personal, patrimonial, de contratación, tributario y cualesquiera otras peculiaridades que, por su naturaleza, exijan norma con rango de ley.

3. El anteproyecto de ley que se eleve al Gobierno irá acompañado de una propuesta de estatutos y de un plan de actuación.

Se modifica por el art. 13.3 de la Ley 11/2021, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2022-2180