Ley 5/2005 CM VG

Artículo 23 — Ley 5/2005 CM VG

Artículo 23. Acción de responsabilidad.

En el caso de que a resultas de la conclusión de sus investigaciones, el Procurador General lo estima necesario, podrá ejercitar de oficio la acción de responsabilidad frente a la Administración por actos u omisiones contrarios a los derechos fundamentales o a las prácticas de una buena administración del personal que actúe al servicio de los sujetos a que se refiere el artículo 13 de esta Ley.