Disposición adicional decimocuarta. Permiso por asuntos particulares por antigüedad.
El personal estatutario tendrá derecho a disfrutar de dos días adicionales de permiso por asuntos particulares al cumplir el sexto trienio, incrementándose en un día adicional por cada trienio cumplido a partir del octavo.
Se añade, con efectos desde el 1 de enero de 2016, por la disposición adicional 26.2 de la Ley 1/2016, de 5 de febrero. Ref. BOE-A-2016-3540.