Artículo 4. Órganos superiores.
De conformidad con lo establecido en la Ley 4/1994, de 26 de julio, de Salud de la Región de Murcia, tienen la condición de órganos superiores de dirección y gestión del personal estatutario del Servicio Murciano de Salud:
a) El Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
b) El Consejo de Administración.
c) El Director Gerente.