Ley 42/2007 Patrimonio Natural

Disposición adicional quinta de la Ley 42/2007 Patrimonio Natural

Texto consolidado del BOE. Se estudia en Administrativo del Estado, Auxiliar Administrativo, Tramitación Procesal. Practicar con tests.

Disposición adicional quinta. Limitaciones temporales en las actividades reguladas en la Ley.

Para el cumplimiento de los Tratados y Convenios internacionales de los que España sea parte, el Gobierno podrá establecer limitaciones temporales en relación con las actividades reguladas en la presente Ley, sin perjuicio de las competencias que en su caso correspondan a las Comunidades autónomas.