Artículo 84. Evaluación normativa.
1. Los departamentos de la Administración pública de la comunidad autónoma revisarán periódicamente la normativa aplicable a los sectores funcionales que tenga atribuidos para verificar su adaptación a los principios de buena regulación y comprobar el grado de cumplimiento de objetivos previstos, la corrección del coste inicialmente contemplado y la justificación de las cargas eventualmente impuestas.
2. La revisión y evaluación se efectuará bajo la coordinación de la Presidencia del Gobierno, que plasmará su resultado en un informe que se hará público en el Portal de Transparencia.