Artículo 65. Ejercicio de la iniciativa legislativa y potestades normativas del Gobierno.
El Gobierno ejerce, de acuerdo con este título, la iniciativa legislativa y las potestades normativas que le atribuye el Estatuto de Autonomía.
Artículo 65. Ejercicio de la iniciativa legislativa y potestades normativas del Gobierno.
El Gobierno ejerce, de acuerdo con este título, la iniciativa legislativa y las potestades normativas que le atribuye el Estatuto de Autonomía.
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