Ley 4/2023 Presidencia Gobierno Canarias

Artículo 34 — Ley 4/2023 Presidencia Gobierno Canarias

Artículo 34. «Quorum».

Para la validez de la constitución del Consejo de Gobierno y de sus deliberaciones, así como para la adopción de decisiones, será necesaria la asistencia de la mayoría de sus miembros, entre los que estará el presidente o presidenta o quien le supla.