Ley 4/2022 Consells Insulars

Disposición adicional segunda — Ley 4/2022 Consells Insulars

Disposición adicional segunda. Régimen jurídico del personal de la administración insular.

El personal funcionario de los consejos insulares y, en lo correspondiente, el personal eventual y el personal laboral, se regirán por lo que disponen el Estatuto Básico del Empleado Público, la legislación básica estatal y la Ley de Función Pública de la comunidad autónoma, teniendo en cuenta lo que se prevé en esta materia en la Ley 20/2006, de 16 de diciembre, municipal y de régimen local de las Illes Balears.