Ley 4/2022 Consells Insulars

Artículo 6 — Ley 4/2022 Consells Insulars

Artículo 6. Disposición general.

Los miembros del consejo insular, una vez que han tomado posesión de su cargo y hasta la finalización del mandato, gozan de los derechos, los honores y las distinciones propios del cargo y están obligados a cumplir los deberes que les son inherentes. Asimismo, pueden gozar de las prerrogativas que la legislación y el reglamento orgánico establecen.