Ley 4/2022 Consells Insulars

Artículo 94 de la Ley 4/2022 Consells Insulars: Atribución de competencias por ley

Texto consolidado del BOE.

Artículo 94. Atribución de competencias por ley.

1. Los consejos insulares ejercen las competencias que les atribuyen el Estatuto de Autonomía, las leyes del Estado y las leyes de la comunidad autónoma.

2. La atribución de competencias por parte de la comunidad autónoma a los consejos insulares en los diferentes sectores de la acción pública se realiza de acuerdo con el Estatuto de Autonomía y con las previsiones de este título.