Ley 4/2022 Consells Insulars

Artículo 73 — Ley 4/2022 Consells Insulars

Artículo 73. Supuestos especiales.

1. Los presupuestos generales y los instrumentos de planificación general y sectorial y de ordenación territorial y urbanística tienen rango de disposición reglamentaria, de acuerdo con su legislación específica.

2. La elaboración, el contenido y la aprobación de los presupuestos generales y de las ordenanzas fiscales de los consejos insulares se deben ajustar a la legislación de haciendas locales, con las especialidades organizativas derivadas de esta ley.

3. La elaboración, el contenido y la aprobación de los instrumentos de planificación sectorial y de ordenación territorial y urbanística se deben realizar en conformidad con su legislación específica, sin que les sea aplicable lo previsto en el capítulo II de este título.