Ley 4/2022 Consells Insulars

Artículo 62 de la Ley 4/2022 Consells Insulars: Comunicaciones

Texto consolidado del BOE.

Artículo 62. Comunicaciones.

El presidente o los consejeros ejecutivos pueden remitir al pleno comunicaciones sobre aspectos concretos de su gestión para que se debatan en el pleno. El reglamento orgánico regulará los requisitos y el procedimiento para su tramitación y substanciación ante el pleno.