Ley 4/2022 Consells Insulars

Artículo 19 de la Ley 4/2022 Consells Insulars: Junta de portavoces

Texto consolidado del BOE.

Artículo 19. Junta de portavoces.

1. Como órgano auxiliar del pleno se debe constituir la junta de portavoces, que integran el presidente del consejo o el miembro electo en quien delegue y los portavoces de los grupos políticos constituidos.

2. La constitución, el funcionamiento y las atribuciones de la junta de portavoces se rigen por lo dispuesto en el reglamento orgánico.