Disposición final primera. Cursos específicos de formación.
En el plazo de un año se realizarán los cursos específicos de formación previstos en el artículo 40.3 de esta ley para el personal funcionario de carrera de los cuerpos, escalas o agrupaciones profesionales funcionariales que incluyan una agrupación de puestos de trabajo. Cada año el IVAP, programará un número suficiente de cursos para que el personal funcionario de carrera pueda participar.
Se modifica por el art. 96.17 de la Ley 6/2024, de 5 de diciembre. Ref. BOE-A-2025-1#a9-8
Se modifica por el art. 91.17 del Decreto-ley 7/2024, de 9 de julio. Ref. DOGV-r-2024-90142