Ley 4/2021 FPV

Artículo 157 de la Ley 4/2021 FPV: Excedencia voluntaria por razón de violencia terrorista

Texto consolidado del BOE. Se estudia en Administrativo del Estado, Auxiliar Administrativo, Tramitación Procesal. Practicar con tests.

Artículo 157. Excedencia voluntaria por razón de violencia terrorista.

En los términos previstos por la normativa estatal básica el personal funcionario que haya sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista, así como el personal amenazado, tendrá derecho a disfrutar de un periodo de excedencia en las mismas condiciones que las víctimas de violencia de género.