Artículo 51. Publicación.
1. El DOG se publicará en el Portal del «Diario Oficial de Galicia» y será accesible desde el Portal web institucional de la Xunta de Galicia y desde la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
2. A través del Portal del «Diario Oficial de Galicia» será posible acceder a los boletines oficiales provinciales de Galicia.
3. Al objeto de minimizar la diseminación de la información de carácter personal a la que se pueda acceder a través de motores de busca, se garantizará el pleno respeto a las exigencias derivadas de la normativa en materia de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.