Artículo 122. Consejería competente en materia de administraciones públicas.
En relación con la materia regulada en la presente ley, corresponde a la consejería competente en materia de administraciones públicas:
a) La coordinación de los contenidos y servicios disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
b) La gestión y coordinación de la Red de oficinas de atención a la ciudadanía y registro, así como la creación, modificación y supresión de oficinas de la red y la habilitación temporal de unidades u órganos de la Administración general y de las entidades públicas instrumentales.
c) La gestión y coordinación del Registro Electrónico General.