Artículo 29. Régimen de las solicitudes.
Las solicitudes se presentarán de acuerdo con lo previsto por la legislación básica reguladora del procedimiento sobre el derecho de acceso a la información pública.
Artículo 29. Régimen de las solicitudes.
Las solicitudes se presentarán de acuerdo con lo previsto por la legislación básica reguladora del procedimiento sobre el derecho de acceso a la información pública.
Empieza a practicar gratis