Ley 4/2005 Funcionamiento RJ La Rioja

Artículo 77 de la Ley 4/2005 Funcionamiento RJ La Rioja: Garantías

Texto consolidado del BOE. Se estudia en Administrativo del Estado, Auxiliar Administrativo, Tramitación Procesal. Practicar con tests.

Artículo 77. Garantías.

La prestación de garantías por los licitadores y adjudicatarios de los contratos se realizará en las formas previstas en la legislación de contratos de las Administraciones Públicas, y se constituirán en la Tesorería de la Comunidad Autónoma de La Rioja, que actuará como caja general de depósitos y garantías a estos efectos, y a disposición de ésta.