Ley 4/2005 Funcionamiento RJ La Rioja

Artículo 44 — Ley 4/2005 Funcionamiento RJ La Rioja

Artículo 44. Actos de trámite cualificados.

Tendrán la consideración de actos de trámite cualificados aquellos que decidan directa o indirectamente el fondo del asunto, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos.