Artículo 12.
1. La planta de la Audiencia Nacional es la establecida en el anexo III de esta Ley.
2. El Presidente de la Sala de lo Penal y el Presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo lo son también de su respectiva Sección Primera.
Artículo 12.
1. La planta de la Audiencia Nacional es la establecida en el anexo III de esta Ley.
2. El Presidente de la Sala de lo Penal y el Presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo lo son también de su respectiva Sección Primera.
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