Ley 33/2003

Artículo 45 — Ley 33/2003

Artículo 45. Facultad de investigación.

Las Administraciones públicas tienen la facultad de investigar la situación de los bienes y derechos que presumiblemente formen parte de su patrimonio, a fin de determinar la titularidad de los mismos cuando ésta no les conste de modo cierto.