Ley 33/2003

Artículo 186 de la Ley 33/2003: Convenios patrimoniales y urbanísticos

Texto consolidado del BOE. Se estudia en Administrativo del Estado. Practicar con tests.

Artículo 186. Convenios patrimoniales y urbanísticos.

La Administración General del Estado y los organismos públicos vinculados a ella o dependientes de la misma podrán celebrar convenios con otras Administraciones públicas o con personas jurídicas de derecho público o de derecho privado pertenecientes al sector público, con el fin de ordenar las relaciones de carácter patrimonial y urbanístico entre ellas en un determinado ámbito o realizar actuaciones comprendidas en esta ley en relación con los bienes y derechos de sus respectivos patrimonios.